Según la nueva Ley de Parques Nacionales sigue prohibiendo la caza, pesca deportiva y recreativa y comercial, la tala con fines comerciales o edificar en estos lugares aunque destaca que permitirá, de manera excepcional, la navegación en el interior del parque con fines turísticos o recreativos.
Estas actividades estarán permitidas siempre que esta actividad contribuya de manera notable al desarrollo económico del entorno y que sea totalmente compatible con la conservación de los valores y sistemas naturales.
El borrador será analizado por el Consejo Asesor de Medio Ambiente y donde participarán diferentes organizaciones ecologistas, sindicales, agrarias y empresariales. Éste deja bien claro que el objetivo de un Parque Nacional es la conservación de sus valores naturales y culturales, supeditando a este objetivo principal el resto de actividades como su uso y disfrute, sensibilización o investigación.
De acuerdo con lo que dice el texto, las actividades en estos territorios se clasificarán como compatibles con su conservación, necesarias para la gestión o incompatibles. Las primeras podrán seguir practicándose, las segundas serán protegidas por la Administración del parque y las terceras tendrán que ser eliminadas.
Vía: 20Minutos